El acceso al poder de Lerroux (noviembre de 1933) apoyado por la CEDA, sólo podía traducirse
en la práctica destrucción de todas las arduas conquistas realizadas durante el primer bienio progresista. Con el acceso al gobierno de los tres primeros ministros cedistas, la gran huelga revolucionaria. Octubre
del 34 representa para Brenan la primera batalla de la Guerra Civil. Si las
izquierdas no habían sabido esperar a un acto consumado del nuevo gabinete –por
ejemplo, algún decreto abiertamente inconstitucional– para defender las
instituciones republicanas, a ojos de las derechas, las rebeliones de octubre ofrecían la
justificación ideal para instaurar un régimen de excepción. Junto a la represión, la esencia de este
segundo bienio no podía ser otra que la restauración y la renuncia a cualquier creación política. ¿En algún momento presentaron las derechas alguna medida para
enmendar las grandes fallas del país? La historia es
capaz de brindar inestimables ejemplos:
Gil Robles declaraba que en política eran "sólo admisibles las
concesiones nacidas de un espíritu cristiano". El líder cedista asignaba la cartera de Agricultura a Manuel Giménez
Fernández, pero hete aquí que su ministro iba a resultar un conservador honesto, sabedor de las carencias de un agro atrofiado, anclado en el siglo XIX. El país permanecía sin conocer reforma alguna de la tierra. Lejos de presentar una ley fallida, como se presumía entre los grandes propietarios, el cedista no podía evitar presentar un proyecto análogo a los anteriores.
El
definitivo proyecto de ley, promulgado el 15 de marzo de 1935 estaba concebido, es evidente, desde la moderación. Conservadoras y buscando siempre la conciliación con los propietarios, resultaron también la reforma promulgada durante el primer bienio y la –suspendida– Ley de cultivos de Companys en Cataluña. Con todo, al cedista se le ocurría
anunciar la conveniencia de establecer algún tipo de límite respecto a la
cantidad de tierras que podía llegar a acaparar un sólo individuo y, al tiempo, recogía una de
las normas básicas de toda ley agraria: que los campesinos obtuvieran el derecho a
comprar a los grandes propietarios las tierras que trabajaran durante más de doce años
de arrendamiento ininterrumpido. Por si fuera poco, Giménez Fernández no olvidaba el predicamento cristiano de sus Evangelios y gustaba de
justificar su labor con oportunas citas papales escogidas de las encíclicas
vaticanas: la propiedad –en tanto materia legislativa– debía concebirse de un modo mínimamente
compatible con una cierta función social.
Apenas se promulgaba la nueva disposición, señala Preston, se presentaban en casa del ministro un grupo de
propietarios de Cáceres junto a tres activistas cedistas, otros cuatro
radicales electos por la provincia, y el presidente de la asociación
aristocrática terrateniente –conocida como
Agrupación de propietarios de fincas rústicas–. En su diario, Giménez Fernández recogería el horror de aquella visita referida por Hugh Thomas: “A punto estuvo de ser fusilado por
unos señoritos de Jerez; su mujer perdió la razón. Su
hijo, que estaba presente, cree que lo habrían matado si los señoritos no hubieran
estado tan borrachos”. De la noche a la mañana, el conservador ministro era descalificado, difamado, tachado de marxista y bolquevique. Gil Robles lo
laminaba de inmediato colocando en su lugar a un rico terrateniente ultra del
partido agrario.
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