Desde Yuste, Carlos no dudaría en emplazar a sus hijos a la más feroz represión. Pensar en clave preventiva era hacerlo en clave de negocio. La carta que remitía a su hija Juana el 25 de mayo de 1558, regente por entonces en ausencia de su hijo Felipe II, aún en Países Bajos, resultaba esclarecedora.
Es éste un documento extraordinario, señala Henry Kamen, que casi explica, por sí solo, el rumbo político adoptado a partir de ahora por la Monarquía católica. Viendo peligrar la obra de toda su vida, un hombre indignado apelaba al exterminio de cuantos traidores pudieran surgir al paso. “Bellacos y sinvergüenzas que ahora me dan la espalda”.
“En cuanto a lo que dezis que haveis escrito al Rey
dandole razón de lo que passa (…) me ha parecido bien.
“Creed, hija, que este negocio me ha puesto y tiene en
tan gran cuidado y dado tanta pena que no os lo podria significar, viendo que
mientras el Rey y yo havemos estado ausentes de estos Reynos han estado en
tanta quietud y libres de esta desventura, y que ahora que he venido a
retirarme y descansar a ellos y servir a nuestro señor, suceda en mi presencia
y la vuestra una tan gran desverguença y vellaqueria, y incurrido en ello
semejantes personas, sabiendo que sobre ello he sufrido y padecido en Alemania
tantos trabajos y gastos, y perdido tanta parte de mi salud, que ciertamente
sino fuese por la certidumbre que tengo de que vos y los de los Consejos que
allí estan remediaran muy de raíz esta desventura, pues no es sino un principio
sin fundamento y fuerças, castigando los culpados muy de veras para atajar que
no passe adelante; no se si tuviera sufrimiento para no salir de aquí a
remediallo.
“Y assi conviene que como este negocio importa mas al
servicio de nuestro señor, bien y conservación de estos Reynos, que todos los
demás, y por ser como dicho es principio, y con tan pocas fuerças que se pueden
faciulmente castigar, assi es necesario poner mayor diligencia y esfuerço en el
breve remedio y exemplar castigo; y no se si para ello será bastante el que en
estos casos se suele usar aca, de que conforme a derecho comun todos los que
incurren en ellos pidiendo misericordia y reconociendo les admiten sus
descargos, y con alguna penitencia los perdonan por la primera vez, por que a
estos tales quedaría libertad de hazer el mismo daño viéndose en libertad, y
aun más siendo personas enseñadas… De donde se infiere el mal fin que tenían,
por que esta claro que no fueran parte para hazello sino con ayuntamientos y
caudillos de muchas personas y con las armas en la mano, y assi se debe mirar
si se puede proceder contra ellos como contra sediciosos, escandalosos,
alborotadores e inquietadores de la republica, y que tenían fin de incurrir en
caso de rebellion porque no se puedan prevaler de misericordia. Y pues viene a
propósito no dexare de decir lo que se me acuerda que pasó y se usa acerca de
esto en los Estados de Flandes, aunque lo podréis entender mas particularmente
de la Reina de Ungria y es que queriendo yo poner Inquisición para el remedio y
castigo de estas heregias que algunos han heredado de la vecindad de Alemania y
Inglaterra y aun de Francia, hubo gran contradicion por todos diciendo que no
había Judios entre ellos. Y assi después de haver habido algunas demandas y
respuestas se tomó por medio de hazer una orden en que se declarasse todas
personas de cualquier estado y condición que fuesen que incurriesen en alguno
de los casos allí contenidos, ipso facto fuesen quemados y confiscada su
hazienda.
“Vista la necesidad que ha habido dello, he se ydo
forçado en mi tiempo de hazerlo assi. No se lo que el Rey mi hijo avra hecho
después, pero creo que por la misma causa lo avra continuado, por que le avise
y roge mucho que estuviese muy rezio en castigar a los tales.
“Creed, hija, que si en este principio no se castiga y
remedia para que se ataje tan gran mal sin excepción de persona alguna que no
me prometo que al adelante será el Rey ni nadie parte para hacerlo”